Rearticulación en transición y lucha por la recuperación de las tierras
Una vez caída la dictadura stronista, los antiguos miembros de la Comunidad Jejuí se reunieron para iniciar la recuperación de sus tierras arrebatadas tras el ataque en 1975; para ello constituyeron una Asociación formal, con personería jurídica. Así en 1989 se constituyó la Asociación Campesina San Isidro del Jejuí. La conformación de la Asociación, compuesta por los mismos miembros de la antigua Comunidad y vinculada identitariamente a ella fue de suma importancia para los asociados.
El primer reclamo realizado al Estado paraguayo fue la indemnización por daños y perjuicios causados en ocasión del ataque, en el cual se perdieron cultivos, animales y mejoras introducidas en las tierras. Este pedido no tuvo éxito. Al mismo tiempo, en el año 1990 se constató que algunos de los lotes donde antes se había asentado la Comunidad eran lotes fiscales, es decir, todavía pertenecían al Estado paraguayo. Esto significaba que ninguno de los que se asentaron en el lugar luego del ataque a la Comunidad había realizado los trámites para titular dichas tierras.
Teniendo en cuenta que los miembros de la Asociación contaban con los recibos de pago realizados durante los años en que vivieron en la Comunidad, entre 1969 y 1975, y que el monto pagado por ellos fue reconocido en Escritura Pública, en 1990 la Asociación inició un reclamo administrativo al Instituto de Bienestar Rural (IBR) para la devolución de sus tierras.
A pesar de las gestiones iniciadas por la Asociación, en 1994 el IBR tituló los lotes reclamados a nombre de la familia Rivarola Velilla. Esta titulación fue ilegal ya que ningún miembro de la familia cumplía con los requisitos para ser beneficiaria de estas tierras, por ello esta acción del IBR convirtió a las tierras en tierras mal habidas.
Este acto fue descubierto recién en el año 1999 debido a que se llevó a cabo de forma secreta, ya que violaba el Estatuto Agrario en el sentido de que los nuevos titulares no eran beneficiarios de la Reforma Agraria y por otro lado, que la Asociación había iniciado un expediente administrativo reclamando el derecho sobre dichas tierras.
Ante esta situación, la Asociación se reunió en asamblea para determinar las acciones a tomar y decidió recurrir a un método de lucha histórico del movimiento campesino: la ocupación de tierras. Esta acción marca un hito importante en la lucha ya que se pasa de las acciones de tipo institucional a las acciones directas, ante la necesidad de mayor presión para la consecución de su objetivo.
Paralelamente, la ocupación que había sido desalojada se retomó paulatinamente cuando algunas familias que habían quedado al margen de la ruta fueron ingresando nuevamente a las tierras.
La demanda tuvo una resolución definitiva recién luego de diez años de su inicio. En el transcurso de estos años se sucedieron una sentencia, dos apelaciones y una solicitud de caducidad, llegando a la instancia de la Corte
Suprema de Justicia, que en el 2009 resolvió que las tierras pertenecían a la Asociación. A partir de allí quedó en manos del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT). La institución emisora del título, la ejecución de la sentencia en un plazo de diez días.
El INDERT no cumplió con la sentencia, frente a esto la Asociación realizó una serie de medidas como manifestaciones, visitas a la prensa y alianzas estratégicas de apoyo y presión con otros actores sociales del campo y la ciudad.
A pesar de la sentencia y el emplazamiento de la Corte así como de la ocupación efectiva de las tierras, el INDERT tardó dos años más en entregar el título. Recién en el 2012, por medio de nuevas medidas de presión y luego de 23 años de iniciados los trámites administrativos y la demanda para la recuperación, se emitió el título a nombre de la Asociación Campesina San Isidro del Jejuí.