Hace más de 60 años, en el espacio en que ahora se ubica la comunidad de Rodeito se encontraba la hacienda “Segura”. En 1967, a partir del proceso de Reforma Agraria instaurado en 1953, esta hacienda fue afectada por el Estado, repartiéndose la mayor parte de la tierra entre los arrenderos que trabajaban en la misma, y dejando un pedazo para los hacendados.
A pesar de que a través del proceso de afectación y dotación de la hacienda “Segura”, la tierra fue entregada a las familias de la comunidad de Rodeito en su calidad de ex colonos o ex arrenderos, treinta años más tarde, en el año de 1996, los descendientes o herederos del ex propietario de la hacienda aún se consideraban dueños legítimos de esas tierras, especialmente de las que habían sido entregadas a la comunidad en calidad de pastoreo colectivo para el aprovechamiento, no solo del ex hacendado, sino también de todos los habitantes de la comunidad.
Durante todo ese tiempo varios nuevos comunarios de Rodeito habilitaron parcelas en zonas de pastoreo colectivo, solicitando el permiso correspondiente a la comunidad, afiliándose a la misma y cumpliendo deberes y obligaciones, dentro de lo que se denomína la Función Social de la tierra.
Empero, este tipo de acuerdos comunales, no siempre son reconocidos por agentes externos a la misma. En Rodeito, en 1974, uno de los herederos del ex dueño de la ex hacienda “Segura”, aprovechando su calidad de autoridad jurisdiccional en materia agraria (Juez Agrario Móvil), logró de oficio, iniciar un proceso de inafectabilidad y consiguiente consolidación del derecho propietario de los terrenos colectivos de la comunidad de Rodeito (pastoreos). A raíz de ello, por sentencia ejecutoriada, logró consolidar el derecho propietario de dichos espacios comunales a favor de su cónyuge y sus hijos menores de edad; situación reprochable desde todo punto de vista, dado su involucramiento e interés personal en el proceso y el hecho de que los beneficiarios del proceso judicial ni siquiera vivían en la comunidad, no eran parte de la organización y por lo tanto, no cumplían con la función social de la tierra.
Esta situación de abuso de autoridad en función del cargo generó por varios años, mucha molestia dentro de la organización sindical de Rodeito, ya que los herederos de la ex hacienda “Segura” se presentaron en la comunidad con estos títulos ejecutoriales fraguados y emitidos de manera contraria a la ley, acompañados incluso de autoridades policiales, manifestando ser los únicos propietarios de esas tierras. Los herederos o ex hacendados pretendían que los poseedores reconocidos por la comunidad les reconocieran una especie de tributo o alquiler, ya que alegaban ser dueños de las tierras donde se habían asentado los nuevos comunarios. “Este es mi terreno y si usted aquí ha sembrado 10 rayas[3], dos rayas tienen que ser para mí y una vez cosechado debes llevarlo a mi casa”; eran las palabras del ex hacendado, señala textualmente uno de los comunarios. Caso contrario instaban a las familias al desalojo inmediato de las parcelas o en su caso, a la compra y venta de las mismas, pagando un determinado monto definido por el ex hacendado. Hubo algunos comunarios que cancelaron montos de dinero por los espacios comunales ocupados a fin de evitar mayores conflictos con los herederos que permanentemente asediaban a las familias.
Para los dirigentes de la organización sindical de Rodeito ser simples espectadores de los abusos y excesos que cometían los ex hacendados que no eran afiliados a la comunidad en contra de los comunarios poseedores legales, fue una situación inconcebible. En ese sentido, eventualmente la organización comunal decidió asumir un rol más activo y salvaguardar los derechos de sus afiliados, sin importar las consecuencias. Muchas autoridades sufrieron atropellos, llegando al extremo de ser amenazados de muerte; sin embargo estos hechos no frenaron las iniciativas de la comunidad.
Una de las primeras acciones contundentes que realizaron los dirigentes de la comunidad de Rodeito fue la demanda de “Nulidad de títulos ejecutoriales” el año 2001; proceso que entre una serie de amenazas y acciones de mala fe, concluyó con una sentencia que declara probada la demanda de nulidad de Títulos ejecutoriales emitidos en el año de 1974 por el Juzgado Agrario Móvil Tercero de Chuquisaca; situación favorable para las familias que pretendían ser despojadas de sus viviendas y campos de trabajo en calidad de poseedores legales de las zonas de pastoreo colectivo.
A pesar de ello, las presiones de los ex hacendados continuaron y las tensiones entre ellos y la comunidad se mantuvieron por varios años más. Fue recién en 2012, año en que se realiza en saneamiento interno y luego el saneamiento legal de tierras[4], que se logra solventar definitivamente la situación.
Con el apoyo de la ONG TIERRA, durante el saneamiento interno de tierras[5], entendido como un proceso comunitario de definición de límites y resolución de conflictos sobre la tierra, se logra conciliar los distintos intereses en juego, reconociendo los derechos de los poseedores legales y afiliando a los ex hacendados a la comunidad, para que cumplan roles y deberes, como lo exige el cumplimiento de la Función Social de la tierra. Posteriormente, en el mismo año, el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) llega a la comunidad con el proceso de saneamiento legal de tierras (regularización de derechos propietarios) y reconoce todos los acuerdos del saneamiento interno, otorgando los títulos de propiedad a todos los comunarios de la comunidad.
Actualmente la organización sindical de Rodeito se encuentra cohesionada y fortalecida, bajo el principio de igualdad, respeto y reciprocidad donde todos y cada uno de sus afiliados gozan de los mismos derechos y obligaciones.
Las historias de Don Fortunato León y Don Rómulo Cruz ilustran el caso de manera muy clara.
[1] Guerrero, R. (2005). “Huacareta: Tierra, territorio y libertad”. Primera edición. Editorial: Fundación TIERRA. La Paz-Bolivia. Pág. 31.
[2] Se Reserva el nombre del propietario de la ex hacienda, en respeto a guardar su identidad y preservar su imagen.
[3] Se refiere a surcos que se realizan en la tierra durante el proceso de siembra de productos agrícolas.
[4] Saneamiento legal es el “procedimiento técnico-jurídico transitorio destinado a regularizar y perfeccionar el derecho de propiedad agraria” (art. 64 Ley 1715).
[5] El saneamiento interno es un instrumento alternativo de conciliación y resolución de conflictos por la tierra que se aplica al interior de comunidades indígena originario campesinas, en base a normas propias plasmadas en sus usos y costumbres.