El año 2000 marca un nuevo hito histórico en el proceso de demandas de la tierra en el norte amazónico, movilizaciones sociales y luchas de diversas organizaciones populares del país, puesto que en los meses de abril y septiembre de aquel año se producen acontecimientos de tal envergadura que la gobernabilidad y el orden estatuido son interpelados al punto de poner en duda la estabilidad del país.
El planteamiento de reforma al marco normativo legal en materia de tierra era principalmente tocar el trasfondo del proceso de transformaciones estructurales y modernización del Estado (bajo el modelo neoliberal) desde el 1985 bajo el famoso D.S. 21060. Este proceso llegó a tomar mucha más fuerza hasta el planteamiento de revertir y adecuar las medidas gubernamentales como el proceso constituyente, siendo que las normas de ese entonces no respondían a los intereses y derechos populares que se consideraban afectados, vulnerados, principalmente los derechos de los pueblos indígenas y comunidades campesinas. Los dos acontecimientos en la historia reciente del país han marcado hitos cuyas consecuencias determinaron cambios sustanciales a favor de los derechos de estos sectores sociales: la Marcha por el Territorio y la Dignidad de 1990 y la Marcha por el Territorio, los Derechos Políticos y el Desarrollo Económico de 1996. Es importante tomar en cuenta que dichas demandas siguieron un proceso de maduración para que se apruebe la Ley INRA, aunque sucesivamente se van poniendo en vigencia decretos supremos y otros instrumentos administrativos emitidos por el propio INRA, cuya aplicación, cumplimiento y/o aprobación son cuestionados por entender que afectan los derechos de pueblos indígenas y comunidades campesinas de las tierras bajas y aun el propio marco legal y normativo del país. Es el caso por ejemplo, del Decreto Reglamentario de la Ley INRA, de julio de 1997, cuyo texto es aprobado sin atender y contraviniendo acuerdos y consensos establecidos en el marco de la Comisión Agraria Nacional (CAN); pero que además es emitido pocos días antes de iniciarse la III Marcha.
Finalmente se constituyó la III Marcha por la Tierra, el Territorio y los Recursos Naturales, que se inició el 28 de junio de 2000 en Cobija, Pando. El manifiesto Indígena y Campesino por la Tierra, el Territorio y los Recursos Naturales, firmado en Trinidad, Beni, las organizaciones CPESC-CIRABO-CPIB-APG-FSUTCSC y FSUTCP, ponen en conocimiento del Gobierno 18 puntos de demanda que debían ser respondidos en un plazo de 30 días, al cabo de los cuales se anunciaba la realización de una Marcha hacia la sede de Gobierno, al no tener respuesta alguna, en fecha 9 de junio del mismo año, en la ciudad de Riberalta, Beni, nuevamente se reúnen las organizaciones CPESC-CIRABO-FSUTCSC-FSUTCP-FSUTCVD-FDCSC y la Central Campesina de Guayaramerín para elaborar la “Plataforma de Demandas de la Tercera Marcha por la Tierra, el Territorio y los Recursos Naturales”, conteniendo 31 puntos y anunciando el 28 de junio como fecha de inicio de la marcha.