El Movimiento Regional por la Tierra y Territorio aplaude la determinacion de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tomada el mes de septiembre respecto a las medidas cautelares de la Comunidad Nativa Tres Islas, en Madre de Dios, Perú, ante la seria amenenaza que sufre la misms debido a explotaciones mineras ilegales.
Esta determinación significa el otorgamiento de una medida cautelar por riesgo grave y urgente de vida e integridad; en la medida que la comunidad sufre los impactos de la contaminación por mercurio por la minería ilegal en su territorio.
La lucha de esta comunidad y de Juana Payaba, una de las principales impulsoras de la defensa de su territorio, fue sistematizado en el Caso 137 por el Movimiento Regional por la Tierra y Territorio: Juana y la comunidad tres islas contra la minería ilegal.
La CIDH determinó medidas cautelres debido a que la comunidad se estaba defendiendo por sí sola frente a terceros que realizaban actividades de minería, tala y prostitución, los dirigentes venían siendo amenazados sin que la gobernación les haya otorgado las garantías solicitadas hace meses. Esto pese a que existe una sentencia del Tribunal Constitucional que da la razón a los comunarios debido a la expuslsión de los mineros por los comunarios y ordena que cesen los actos de violación del territorio de la propiedad comunal y de autonomía de la Comunidad Nativa Tres Islas vinculados a este caso.
Al igual que la mayor parte de la región Madre de Dios en Péru, más de dos tercios del territorio de la comunidad nativa Tres Islas están bajo concesiones mineras otorgadas por el Gobierno Regional. A pesar de que la comunidad ha solicitado la nulidad de dichas concesiones, el Gobierno Regional de Madre de Dios no lo ha aplicado a la fecha. Esta es la principal fuente de la contaminación por mercurio.
La CIDH ha determinado que dada la información otorgada por la comunidad, la vida e integridad, especialmente, de mujeres embarazadas y niños está en riesgo porque el mercurio contamina las fuentes de agua y alimentación.
El pescado es la principal fuente de alimentación de esta comunidad así como de otros pueblos amazónicos. Este alimento, al estar afectado por la minería, genera una contaminación crónica de metilmercurio en el ser humano.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le ha ordenado al Estado peruano:
1. Adoptar las medidas necesarias para preservar la vida e integridad personal de los miembros de la Comunidad Nativa Tres Islas de Madre de Dios: estas incluyen
a. realizar los diagnósticos necesarios para determinar los niveles de contaminación por mercurio u otras sustancias que tendrían los beneficiarios,
b. garantizar que los miembros de la comunidad tengan acceso a una alimentación adecuada en términos nutricionales y culturales y dentro de los niveles considerados aceptables por la organizaciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y
c. tomar medidas de protección a los miembros de la comunidad frente a posibles agresiones de terceros, en concierto con la comunidad y sus representantes legales.
2. Concertar las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes.
3. Informar sobre las medidas adoptadas para mitigar, reducir y eliminar las fuentes de riesgo identificadas y sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la medida cautelar para evitar la repetición de estos.
De esto se deriva, directamente, una obligación del Estado de no seguir otorgando concesiones o vigencia a las concesiones mineras existentes; por el contrario, se genera el deber de anular las concesiones otorgadas inconsultamente y que generan el riesgo de vida e integridad de Tres Islas.
El Estado tiene quince días para informar a la CIDH las medidas que adoptará. Este triunfo se suma a otro que tuvo la Comunidad Nativa Tres Islas al ser la primera comunidad que ganó un caso ante el Tribunal Constitucional, donde este reconoce el derecho a la autonomía y la propiedad territorial (Expediente 1126-2011-HC/TC).
Lamentablemente, hasta la fecha, el Poder Judicial viene demorando la ejecución de esta sentencia, lo que ha obligado a que la comunidad misma decida construir una reja para evitar el ingreso de los mineros informales y taladores ilegales a su territorio. Esperemos que, con esta medida, las distintas entidades del Estado se reúnan con la comunidad y sus representantes legales para concertar las medidas necesarias para evitar el riesgo de vida e integridad que sufre la comunidad y las fuentes de esos riesgos.
Nota tomada de http://soloparaviajeros.pe con complementos del Movimiento.
SI quieres conocer más información de la Comunidad Tres Islas y su defensa de su terrritorio lee el Caso 137: Juana y la comunidad tres islas contra la minería ilegal